Tribunal Electoral Departamental de La Paz

Con la promulgación de la Ley Nro. 018 del 30 de junio de 2010 se crea el Órgano Electoral Plurinacional, conformado por el Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Departamentales Electorales. el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) es un Órgano de Poder Público del Estado Plurinacional de Bolivia y tiene igual jerarquía constitucional a la de los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial; relacionándose con éstos sobre la base de la independencia, separación coordinación y cooperación, en el marco de lo dispuesto por ley.

Según la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional, en su Título III, Cap. I, Artículo 31 (AUTORIDAD ELECTORAL DEPARTAMENTAL), expresa lo siguiente:

I. Los Tribunales Electorales Departamentales son el máximo nivel y autoridad del Órgano Electoral Plurinacional a nivel departamental, con jurisdicción y atribuciones en sus respectivos departamentos, bajo las directrices del Tribunal Supremo Electoral. Su sede está en la capital del respectivo departamento.

II. Las decisiones de los Tribunales Electorales Departamentales son de cumplimiento obligatorio para todas las autoridades públicas y personas naturales de la respectiva jurisdicción y podrán ser impugnadas ante el Tribunal Supremo Electoral en las condiciones y términos establecidos en la Ley.

III. La Sala Plena es la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) del Tribunal Electoral Departamental (TEDLP).

Los TED están integrados por cinco vocales, de los cuales al menos uno es de una nación o pueblo indígena originario campesino del departamento, y al menos dos son mujeres. (Art. 32, Ley N° 018).

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